ACADEMIA IBEROAMERICANA DE CRIMINALÍSTICA Y ESTUDIOS FORENSES

 



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Documento marco para la pertenencia a AICEF

1. Introducción.

Este documento marco especifica las condiciones de admisibilidad, solicitud, derechos, responsabilidades y disposiciones prácticas relativas a la pertenencia a AICEF.

2. Criterios de admisibilidad para ser miembro.

- El Organismo de Criminalistica y Forense solicitante cubrirá una amplia gama de las investigaciones periciales forenses.

- El Organismo forense solicitante deberá proceder de un Estado incluido en el ámbito de Latinoamérica, de España o Portugal.

3. Procedimiento de solicitud de pertenencia.

- El Organismo solicitante deberá enviar a la Secretaría el formulario de solicitud especificado en el ANEXO II. Deberá incluir toda la información necesaria para demostrar que el solicitante reúne los criterios de admisibilidad.

- La Junta Directiva realizará una primera evaluación de la solicitud y decidirá si se satisfacen estos criterios.

- La Junta Directiva podrá recabar información adicional.

- La Junta Directiva informará a los miembros sobre cada solicitud recibida y pedirá sus opiniones para evaluar más detalladamente la solicitud. Parte de esta evaluación puede ser una visita al Organismo solicitante por parte de dos asesores para verificar la información.

El solicitante será responsable de todos los preparativos y costes necesarios para la realización de la evaluación.

- Los asesores redactarán un informe de evaluación y se lo entregarán a la Junta Directiva.

El informe incluirá una propuesta de resolución razonada sobre la solicitud.

- La Junta Directiva tomará una decisión sobre la solicitud basándose en su propia evaluación y en el informe de evaluación de los asesores y/o los comentarios aportados por los miembros.

- La decisión de la Junta Directiva será comunicada tanto al solicitante como a los miembros de AICEF.

4. Suspensión temporal

- La Junta Directiva podrá declarar una suspensión temporal en la aceptación de nuevos miembros si la ampliación excede el ritmo que permita el desarrollo posible de AICEF.

5. Invitación a miembros de AICEF.

- Un Organismo que no satisfaga los criterios de admisibilidad pero cuya pertenencia se considere beneficiosa para AICEF, podrá ser invitado a convertirse en miembro de AICEF o miembro de un Grupo de Trabajo mediante una propuesta razonada de la Junta Directiva presentada a la Asamblea y aprobada por la misma en una Reunión de Trabajo.

- El mismo procedimiento se aplicará para la admisión de miembros personales a Grupos de Trabajo.

6. Retirada o suspensión de la condición de miembro.

6.1 La Junta Directiva propondrá a la Asamblea suspender o retirar la pertenencia a un miembro si deja de satisfacer los criterios de admisibilidad o si no cumple sus obligaciones de pertenencia.

6.2 La Junta Directiva puede retirarle la pertenencia a un miembro invitado si los motivos por los que fue invitado a unirse a AICEF han dejado de existir.

6.3 Un miembro puede renunciar a la pertenencia por iniciativa propia. La baja será efectiva cuando así lo comunique por escrito a la Junta Directiva.

7. Derechos que otorga la pertenencia.

- El representante oficial del Organismo miembro tiene derecho a asistir a las Reuniones de Trabajo y ejercer su derecho al voto.

- El Organismo miembro tiene derecho a nombrar un representante en cada uno de los Grupos de Trabajo.

8. Obligaciones derivadas de la pertenencia.

- Los Organismos miembros participarán en las actividades de AICEF.

- Los Organismos miembros nombrarán un representante oficial, preferiblemente su Director, que asistirá habitualmente a las reuniones de trabajo y que ostentará el derecho al voto en su nombre.

- Cuando se reemplace un representante oficial, el Organismo miembro informará a la Secretaría por escrito sobre la fecha del cambio y el nombre del sucesor.

o Los Organismos miembros informarán a la Secretaría sobre los cambios que afecten a su admisibilidad o a cualquiera de sus datos administrativos (nombre legal, dirección, teléfono, fax, correo electrónico, etc).

- Los Organismos miembros adoptarán en todo lo posible las recomendaciones expresadas en las Reuniones de Trabajo, por la Junta o por los Grupos de Trabajo.

- Cada Organismo miembro soportará todos los gastos derivados de su participación en todas las actividades de AICEF, y no podrá solicitar a AICEF ninguna compensación por incidentes y/o daños sufridos a consecuencia de dichas actividades.

- Un Organismo miembro que organice una actividad de AICEF financiará la actividad con sus propios recursos y/o financiación externa. Los gastos que no queden cubiertos serán responsabilidad del Instituto organizador de la actividad.

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