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Documento marco para la Junta Directiva de AICEF

1. Introducción.

Este documento marco describe la dependencia, composición, duración del cargo, tareas y normas prácticas para el funcionamiento de la Junta Directiva.

2. Definición.

AICEF contará con una Junta Directiva para su gestión. La Junta Directiva responderá directamente ante la Asamblea, órgano que ostenta la máxima autoridad en AICEF, y su misión es la de desempeñar funciones directivas orientadas a desarrollar y aplicar las políticas de AICEF.

3. Composición.

La Junta Directiva está compuesta por seis miembros: Presidente, Vicepresidente, tres vocales y un Delegado de Relaciones Internacionales.

Los miembros de la Junta Directiva deberán ser Directores de un Organismo miembro de AICEF y serán elegidos por la Asamblea durante una reunión de trabajo conforme al procedimiento que se establezca.

4. Duración en el cargo.

El Presidente y el Vicepresidente se elegirán por el plazo de dos años.

El Vicepresidente accederá automáticamente a Presidente al final de su mandato.

Existirá la posibilidad de reelegir al Presidente y al Vicepresidente por un segundo período de un año.

Los tres vocales de la Junta Directiva, se elegirán por un período de tres años.

El cargo de Delegado de Relaciones Internacionales recaerá en un miembro de AICEF que será propuesto por la Junta Directiva a la Asamblea y ratificado por ésta mediante votación.
           
Este cargo no está sujeto a plazo alguno, estando facultada la Junta Directiva para realizar la propuesta de cese en sus funciones y nombramiento de otro candidato.

Por motivos de continuidad, estos plazos se organizarán de forma que habitualmente se elijan uno o dos miembros cada año.

5. Cometidos de la Junta Directiva.

Sus principales cometidos serán:

  • Dirigir AICEF con sujeción a los documentos-marco y planes aprobados por la Asamblea.
  • Ostentar la máxima responsabilidad en la organización  de las reuniones de trabajo.
  • Representar a AICEF ante otras organizaciones, estableciendo las relaciones adecuadas con ellas.
  • Organizar reuniones extraordinarias si fuese necesario.
  • Mantener el contacto con los Grupos de Trabajo.

6.   Reuniones de la Junta Directiva.

6.1 Frecuencia.

  • La Junta Directiva se reunirá como mínimo dos veces al año.
  • Se comunicarán a los miembros las fechas de las reuniones.

6.2 Lugar.

  • La Junta Directiva tendrá libertad para elegir el lugar de sus reuniones.

6.3 Participación

  • Todos los miembros de la Junta Directiva asistirán a las reuniones con la mayor frecuencia posible.
  • Al menos tres miembros de la Junta Directiva deben estar presentes durante cada reunión. Uno de ellos debe ser el  Presidente o el Vicepresidente.
  • El Secretario asistirá a las reuniones para ofrecer apoyo general a la Junta Directiva.
  • Los Presidentes de los Grupos de Trabajo participarán en al menos una reunión de la Junta Directiva de las programadas durante el año.

6.4 Programa.

  • Los miembros de la Junta Directiva y los Presidentes de los Grupos de Trabajo pueden sugerir puntos que añadir al programa.
  • El programa definitivo se aceptará al comienzo de la reunión.

6.5 Votaciones.

  • Las decisiones se tomarán por mayoría simple.
  • Cada miembro de la Junta Directiva tiene un voto, siendo el del Presidente de calidad.
  • Los Presidentes de los Grupos de Trabajo y el Secretario no tienen derecho a voto.

6.6 Actas.

  • El Secretario redactará las actas de la reunión que deberán aprobar los miembros de la Junta Directiva.
  • Una vez aprobadas, las actas se distribuirán a los miembros.

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